jueves 29 de agosto de 2019

SOBRE REINTEGRO POR DECRETO 561

El Rectorado de la UBA envió ayer una comunicación respecto a cómo proceder para cobrar el reintegro dispuesto por el decreto 561/2019. En función de aclarar varias cuestiones al respecto, la secretaria general de AGD UBA se reunió con el Subsecretario de Hacienda. Terminada la reunión, envió un audio con la información recibida a todxs […]

El Rectorado de la UBA envió ayer una comunicación respecto a cómo proceder para cobrar el reintegro dispuesto por el decreto 561/2019.

En función de aclarar varias cuestiones al respecto, la secretaria general de AGD UBA se reunió con el Subsecretario de Hacienda. Terminada la reunión, envió un audio con la información recibida a todxs lxs secretarixs generales de las comisiones internas y a toda la Mesa Ejecutiva. Dado que muchxs docentes no han recibido la información la transcribimos. Para cualquier otra aclaración pueden comunicarse con Ileana Celotto (1169053408 o ileanacelotto@yahoo.com.ar) o a nuestro mail o nuestras oficinas.

La devolución es hasta $ 2.000 y corresponde a las retenciones en concepto de aporte jubilatorio (11%). Si esa retención es menor a $2.000, se reintegra lo que sea. Más de $2.000 se reintegra $ 2.000. El decreto abarca los meses de agosto y septiembre.

Lo perciben aquellos trabajadores que cobren un salario/s en bruto hasta $ 60000. La comunicación del Rectorado se refiere a aquellxs que tienen pluriempleo, o sea, aquellos que tienen más de un empleador. En ese caso se solicita entreguen a las oficinas de personal o liquidaciones de cada unidad académica una nota donde especifiquen el o los otros empleadores, con el número de CUIT y el salario en bruto que perciben.

No constituye pluriempleo trabajar en UBA y ser monotributista o responsable inscripto; se refiere sólo a dos o más empleadores.

Rechazamos el plazo al viernes 30/8. Al respecto nos informaron que lxs que presenten la nota con posterioridad también cobrarán pero más tarde puesto que les lleva unos días realizar la liquidación. Si la nota se presenta al 30/8, cobrarán el reintegro por complementaria a mitad de setiembre. Si se presenta después, la cobrarán a fin de mes.

Para aquellos que tienen como único empleador la UBA NO tienen que presentar ninguna nota ya que los datos los tiene la propia UBA.

El decreto 561/19 no es el bono de $ 5000. De ese bono hemos sido excluidxs y por eso también paramos el 30/8.

AGD UBA en CONADU HISTÓRICA